NARRACIÓN BREVE
1. OBJETO
La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXV Premio “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal” de Creación Literaria, en la modalidad de Narración Breve.
2. BENEFICIARIOS
Podrán participar en el concurso todos aquellos nacidos o residentes en Aragón que presenten su obra en aragonés, castellano o catalán. Los trabajos presentados deberán ser originales e inéditos en toda su extensión, sin firma ni señal alguna que indique su procedencia. Cada autor podrá presentar como máximo dos originales distintos.
3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
El premio estará dotado con un premio de 3.000 euros, sujeto a la correspondiente retención del IRPF.
El referido gasto se realizará con cargo a la partida 52300 334 4810000 RC 2957 del vigente presupuesto. El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma se realizará en el presente ejercicio presupuestario.
4. TEMÁTICA Y OBRAS
Cada autor podrá presentar una novela corta o un grupo de relatos cuya extensión no sea inferior a 75 páginas ni superior a 125 páginas, en folios mecanografiados de 1.800 a 2.100 caracteres por página. El tema será de libre elección por parte del autor.
5. PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN
5.1 PRESENTACIÓN DE ORIGINALES
El plazo de presentación de originales será de dos meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La presentación de originales al premio deberá dirigirse al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza, y entregarse en el Registro General sito en el Palacio Provincial, Plaza de España, 2. También podrán ser remitidos por correo certificado, a portes pagados, a la misma dirección, indicando en el sobre: “Para el premio “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal” de creación literaria, en su apartado de Narrativa Breve”, siempre que dicha remisión se realice antes de finalizar el plazo indicado en esta base.
Asimismo, las instancias podrán presentarse o efectuarse de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.2 REQUISITOS DE LOS ORIGINALES
El original se presentará en soporte digital (CD o DVD) con el archivo en formato Word o RTF, y un ejemplar original en papel en formato DIN A4 mecanografiado o escrito a ordenador (Word o RTF) a una sola cara, careciendo de ningún detalle que se pueda identificar al autor o autora.
A los originales se le acompañará un sobre cerrado en forma de plica, en cuyo exterior se indicará expresamente el nombre del certamen: XXV Premio “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal” de Creación Literaria, en la modalidad de Narración Breve". En el interior del sobre cerrado se depositará la siguiente documentación:
- Boletín de inscripción en el certamen (Anexo I)
- Fotocopia del documento nacional de identidad o certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de la localidad.
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo II)
- Autorización para solicitar el certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de las Seguridad Social. (Anexo III)
Aquellos originales que no sean premiados serán destruidos una vez finalizado el concurso y no se devolverán ni se mantendrá correspondencia con los participantes. Por parte de la Diputación de Zaragoza.
5.3 INSTRUCCIÓN
Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de premios y en concreto con el procedimiento establecido en el artículo 21 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, cuya modificación fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 138 de fecha 19 de junio de 2009.
La instrucción del expediente de concesión de estos premios corresponde al Área de Cultura y Patrimonio realizará los siguientes trámites:
5.2.7. Emisión de informe jurídico, de evaluación de las solicitudes recibidas, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen o no los requisitos necesarios para acceder al premio. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.
5.2.8. Nombramiento, al efecto, de un jurado por el Presidente de la Diputación y estará formado por la Presidencia de la Comisión de Cultura y Patrimonio, un representante de Tropo Editores (o en su defecto un miembro asignado por éstos), dos personas relacionadas con la literatura, y un secretario que dará fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente.
5.2.9. Propuesta de concesión formulada por el jurado evaluador con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario y cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se plateen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. El Jurado no podrá proponer la partición de premios o compartidos ex-aequo, aunque podrá declarar desiertos los premios y accésit si no considera con suficientes méritos para los mismos a ninguna de las obras presentadas.
5.2.10. Propuesta de resolución suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
5.2.11. Fiscalización previa del expediente por Intervención General.
5.2.12. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de los premios de acuerdo con la propuesta del jurado. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de jurado dejando constancia de los motivos en el expediente.
5.4. RESOLUCIÓN
El plazo máximo de resolución de la convocatoria será de tres meses contados a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes notificándolo seguidamente a los interesados. La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.
La resolución de la Convocatoria que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, pondrá fin a la vía administrativa.
6. PUBLICACIÓN DE LAS OBRAS PREMIADAS
La Diputación Provincial de Zaragoza editará el libro premiado en la colección Voces de la editorial aragonesa Tropo Editores, reservándose todos los derechos de propiedad de la obra premiada.
El autor premiado recibirá veinticinco ejemplares de la edición realizada, cedidos por la editorial. El importe del premio y la entrega de los veinticinco ejemplares de los relatos ganadores cubren los derechos de autor de esta edición.
La entrega de los premios y presentación del libro se llevarán a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento.
7. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria, sus normas y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero y la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de estas bases, de acuerdo con la legislación española vigente; y la interpretación de cualquier duda que pudiera plantearse al respecto es competencia exclusiva de la Diputación Provincial de Zaragoza.
Comentarios